OBJETIVOS:
Planificar, coordinar y controlar la ejecución de las políticas,
planes y programas de gestión ambiental y seguridad e higiene industrial en los
espacios acuáticos venezolanos, mantenimiento estrecha vinculación sobre la aplicación
de medidas de prevención con los entes, directamente involucrados y
responsables del sector, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la
normativa legal establecida en términos de prevención, control de riesgo y preservación
del ambiente.
FUNCIONES:
1. Velar por el cumplimiento de los
compromisos adquiridos mediante convenios y acuerdos intencionales en materia
de gestión ambiental y seguridad e higiene industrial en los espacios acuáticos.
2. Supervisar y controlar la seguridad marítima
y la vida en el ámbito de las circunscripciones acuáticas, en coordinación con
los organismos competentes.
3. Supervisar la disponibilidad y adecuación
de los medios, sistemas y procedimientos para el tratamiento y eliminación de
residuos petrolíferos, químicos de agua, de sentinas, limpieza, de aceites,
grasas y de otros productos contaminantes, así como de los medios necesarios
para prevenir y combatir los derrames y fugas; por parte de las instalaciones
industriales, de almacenamiento y distribución de productos químicos y
peligrosos, que tengan terminales de carga o descarga en las cercanías de los
muelles, con el fin de autorizar su funcionamiento.
4. Promover la aplicación de medidas
preventivas de mitigación y control de riesgos ambientales, ocasionados por
factores generadores de accidentes o contaminación en las distintas
circunscripciones de los espacios acuáticos del territorio nacional.
5. Supervisar y controlar las
actividades de búsqueda y salvamento en los espacios acuáticos nacionales, en coordinación
con los organismos competentes.
6. Inspeccionar las instalaciones
Portuarias y de la Industria Naval para verificar el grado de cumplimiento de
los Planes de Emergencia, Contingencia y Ambientales así como la implantación
delos Sistemas de Gestión de Seguridad Integral.
7. Verificar que los planes de proyectos
de construcción y modificación de la infraestructura acuática, así como la construcción,
modificación y desguace de las unidades flotantes, cuentan con los respectivos
estudios de impacto ambiental y planes de contingencia.
8. Controlar el cumplimiento de las
disposiciones del Código Protección de
Buques e Instalaciones Portuarias.
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