CAPITANÍA DE PUERTO DE
CARENERO
La Sedes Central del Instituto
Nacional de los Espacios Acuáticos, se encuentra ubicada, en la Urbanización
Las Mercedes, Avenida Orinoco, entre Calle Perijá y Mu cuchíes, Caracas, Dtto. Metropolitano.
La Capitanía de Puerto de Carenero,
se encuentra ubicada en Final Calle La Línea, Carenero, Municipio Briòn, Estado
Miranda.
Los Espacios Acuáticos interiores
contenidos desde meridiano de Chuspa, cuyo valor es 66º 18` 48” Oeste, por
Este, hasta el Meridano cuyo valor es 65º 10”00” por el Oeste, y desde la Costa
Continental hacia el Norte los limites Marítimos con los Estados y Territorios
de las Antillas Mayores y Menores del Caribe.
Los Espacios Acuáticos interiores adyacentes a las Islas de la Orchila,
la Tortuga y el Farallón Centinela y todas las demás Islas Continentales de
esta Circunscripción que son mencionadas.
La zona continua y zona económica
exclusiva a todo lo largo de las costas continentales, hasta los limites marítimos
entre República Bolivariana de Venezuela, por una parte y Estados Unidos de Norte América (Puerto
Rico), por otra.
Todas las posiciones navegables de
los ríos, caños y lagunas del Estado Miranda.
NATURALEZA DE LA CAPITANÍA
La Capitanía de Puerto son unidades
organizativas que forman parte del nivel de ejecución del INEA. Tienen por
objeto dirigir, coordinar, administrar y controlar las operaciones
desarrolladas, de conformidad con lo establecido en el Articulo 13 de la Ley
General de Marinas y Actividades Conexas, existen en Venezuela 18 Capitanías de
Puerto, ubicadas estratégicamente por todo el territorio nacional. La Institución
de las Capitanías de Puerto, se remonta en nuestro derecho, a las ordenanzas
Generales de la Armada Naval Española en 1.793, que establecía en sus artículos
1,2 y siguientes que “Para la buena conservación de los puertos y radas tan
importantes para la seguridad de mis Fuerzas Navales y del comercio de mis
vasallos; como recomendada… al Capitán General de la Armada… y a los Capitanes de todos mis bajeles de guerra, cada uno
en la parte que le toca; y para que sea de un verdadero abrigo así contra los
tiempos como contra cualquier insulto de enemigo; con todas las proporciones
necesarias para la carga y descarga de pertrechos y mercaderías y habilitaciones
de los buques; debe haber en su concurrencia, amarraderos y faenas en un orden
y regla de que nadie se pueda dispensar, señalando luego que “A fin de que
estas reglas tengan un cumplido efecto , habrá en cada puerto de comercio de
estos reino de oportuno igual establecimiento, un jefe o cabo denominado Capitán
de Puerto, que les lleve a practica, y vele contra su infracción por cuantos
concurrentes al de su cargo”. Villarroel (1998), citando al Capitán de Altura
Pedro Guzmán Quevedo (1982).
Explica este autor, que la
importancia de las Capitanías de Puerto, fue disminuyendo, e inclusive, fue en
cierto momento sustituida por los administradores de aduanas, que de acuerdo al
antiguo código de hacienda, del 13 de junio de 1912, Articulo 6, tenían entre sus
obligaciones “Desempeñar las funciones y deberes que ejercían los extinguidos
Capitanes de Puerto, puniendo delegarlo en el caso necesario, en los
Comandantes, de resguardo”, La ley de navegación de 1944,reintroduce, a loa
fines del ejercicio de la autoridad marítima, la Institución de la Capitanía de
Puerto.
De conformidad con lo que establecía
la ley de Navegación de 1994, mantenía en la reforma de la misma Ley, aprobada
en 1998; para el ejercicio de la Autoridad Marítima, las aguas territoriales y
las costas fueron divididas en Capitanía de Puerto, cuyas jurisdicciones serian
determinadas por el ejecutivo nacional, (Articulo 4 párrafo único de la ley de navegación
de 1998, derogada, gaceta oficial Nº 5.263, de fecha 17/09/1998).
Continuando en este orden de idea,
para el año 1.960, se instaló en la población de Carenero-Edo Miranda, una sede
que funcionaría como estación de Pilotos, perteneciente a la circunscripción Acuática
de la Guaira, al mando del Teniente de Navío retirado Mirabal Bustillo. Durante
un corto tiempo, esta estación presentó sus servicios desde Carenero Yacht Club,
lo cual trajo inconvenientes, pertenencia a un club privado. De tal forma, que
para el año 1.976, se traslada la estación de pilotos al final de la calle la línea,
edificándose una pequeña sede, con la colaboración de personas allegadas a la
misma, destacándose la Policía Marítima. En el año 1.986, fueron asignados a
este dependencia fue elevada a Delegación Marítima de la Circunscripción Acuática
de la Guaira, para optimizar los servicios prestado por esta dependencia, entre
los cuales los mas frecuentes eran los zarpes, revisión de los equipos de
seguridad elaboración del rol de tripulantes, embargues y desembargues entre
otras actividades relacionadas con los buques que arriben en el puerto. Había
cuenta de la importancia que empezó a significar para los marinos deportivos y
de pesca, los servicios que se prestaban en la Delegación, el clamor de un
vasto sector de la población de Carenero, Higuerote y zonas de influencias,
como Rio Chico, Laguna de Tacarigua, Chirimena, el gran número de Clubes,
Marinas Deportivas, pueblos pesqueros fue que el Ejecutivo Nacional, según resolución
pública en la Gaceta Oficial Nº 37.349 de fecha 19 de Diciembre de 2.001,
decreta la creación de la Capitanía de Puerto de Carenero, situando al frente
de la misma como Capitanía de Puerto al Ciudadano Capitán de Altura Juan
Massias Ángel Gámez, mediante resolución Nº 151 de fecha 03/12/2001.
RESEÑA HISTÓRICA
El INEA como Autoridad Acuática inició
actividades formales en nuestro país el 15 de Enero de 2.002, con la inscripción
del primer buque en el Registro Naval Venezolano, el “MaersK Scotland” con el número
de matricula AGSM-0001, de acuerdo con lo establecido en la Decreto Ley General
de Marinas y Actividades Conexas públicas en la Gaceta Oficial Nº 37.321 del 09
d Noviembre de 2.001, dando cumplimento a las disposiciones legales prescritas
para el otorgamiento de Patentes de Navegación, Licencias y Permisos Especiales
establecidos en el Registro Naval Venezolano a lo largo de todo el Territorio
Nacional.
Con el decreto Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de
los Espacios Acuáticos, se establece que Institutito Nacional de los Espacios Acuáticos,
promoverá e incorporará la participación de Organizaciones Comunitarias
locales, redes socio-productivas, cooperativas, además del incentivo al trabajo
voluntario, vigilancia y a la contraloría social en los servicios, que se
presten en todo lo relacionado con el Espacio Acuático Nacional.